Época: Hispania Alto Imperio
Inicio: Año 29 A. C.
Fin: Año 268

Antecedente:
La sociedad



Comentario

Entre la esclavitud y la ciudadanía el mundo romano ha propiciado una vía de movilidad que se materializa en la existencia de los libertos, a cuya situación se accede mediante el acto público de la manumisión, que se realiza en presencia del correspondiente magistrado, ante testigos o mediante disposición testamentaria. La posición social del liberto resulta contradictoria ya que, aunque jurídicamente posee la ciudadanía romana, se encuentra sujeto tras su liberación a determinadas obligaciones con su antiguo propietario (dominus), transformado en patrono; entre ellas, algunas tienen carácter económico, como ocurre con el obsequium que le ha de entregar periódicamente, o con las operae que se materializan en la compensación anual con determinadas jornadas de trabajo; otras, en cambio, limitan sus derechos como ciudadanos, afectando a la libertad testamentaria o a la posibilidad de contraer matrimonios. Semejantes limitaciones tienen su proyección en su marginación social, que se deriva de su origen servil, y en la formalidad onomástica expresada en la adopción del gentilicio de su patrono, la explícita mención de su condición de manumitido y la conservación de su antigua denominación como esclavo.
La presencia de libertos en Hispania se desarrolla paralelamente a la esclavitud y está presente desde los propios inicios de la conquista; durante el Alto Imperio su constatación documental se aprecia con mayor intensidad en las zonas más romanizadas, especialmente en las ciudades meridionales y de la costa levantina, y en determinados ámbitos de la administración imperial. En ambos casos se constata la proyección de aquellos libertos que consiguen cierto éxito en sus pretensiones de movilidad social, que no da lugar en la primera generación de manumitidos a una equiparación completa con los ciudadanos, pero que posibilita, al menos puntualmente en generaciones posteriores, su completa integración.

En la administración imperial destacan la existencia de algunos libertos que alcanzan determinadas procuratelas durante la dinastía de los Antoninos; tal ocurre con el liberto imperial M. Ulpius Gresionus, originario de Mentesa Oretanorum (Villanueva de la Fuente, Ciudad Real), que ejerce como archivero del impuesto sobre el patrimonio en la Galia y en Lusitania. Su presencia se observa, asimismo, como procuradores en las explotaciones mineras; como tales se constatan en Vipasca al liberto Ulpius Iulianus durante el reinado de Adriano y en las minas de Gallaecia a M. Ulpius Eutyches a mediados del siglo II d.C.; dentro de la administración de las minas su presencia se aprecia también en otras funciones secundarias vinculadas esencialmente a la contabilidad de la explotación.

No obstante, su relevancia se aprecia especialmente en el interior de las ciudades mediante su vinculación a determinadas asociaciones (collegia) ligadas a la difusión del culto al emperador, que propician su consideración como Seviri Augustales. A ellas pueden acceder por nombramiento de los decuriones los libertos que poseen una determinada situación económica, ya que deben de contribuir con 500 denarios al tesoro municipal y desarrollar determinadas actividades evergéticas de carácter similar a las que lleva a cabo la elite municipal; en Segida Restituta Julia (Zafra), por ejemplo, los libertos L. Valerius Amandus y L. Valerius Lucumus proceden a la reconstrucción del muro que rodeaba el circo.

El enriquecimiento necesario para tal consideración se realiza normalmente mediante actividades económicas poco consideradas socialmente; pese a ello, su situación en el interior de las ciudades permanece siendo secundaria y subordinada a la elite decurional. Precisamente, el reconocimiento limitado que la ciudad les tributa en compensación por sus servicios se expresa en la concesión de determinados privilegios, como la posibilidad de vestir los ornamenta decurionalia, que diferencian formalmente al ordo, o la erección de estatuas en su honor; en ambos casos, se aprecia que tales honores se conceden especialmente en ciudades de menor importancia de donde no son originarios para evitar las posibles susceptibilidades de sus antiguos propietarios, y cuando el patrono del liberto destaca por su especial relevancia, como ocurre concretamente con el sevir L. Licinius Secundus, liberto del cónsul L. Licinius Sura, que es homenajeado con diversas estatuas en el foro de Barcino.